El procedimiento administrativo es el que regula las relaciones entre los ciudadanos y la Administración Pública en sus actuaciones y garantiza el principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la Administración.
Las Administraciones Públicas actúan con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho (art. 103.1 de la Constitución Española), teniendo todos los ciudadanos el derecho no sólo de dirigirse a ella, realizando las solicitudes para las que están facultados de conformidad con el ordenamiento jurídico, sino también de oponerse a su actuación cuando la misma no sea adecuada a Derecho.
Finalizada la vía administrativa, los ciudadanos pueden, en su caso, acudir a los órganos jurisdiccionales, al encomendarse a los Tribunales la fiscalización de la “legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican” (art. 106.1 de la Constitución Española).
Actuamos en toda clase de procedimientos, tanto administrativos como contencioso-administrativos, frente a las Administraciones Públicas.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
- Solicitudes a la administración.
- Recursos (reposición, alzada, revisión, etc.)
- Procedimientos sancionadores (multas, cierres de locales, licencias, etc.)
PROCEDIMIENTOS JUDICIALES
- Procedimientos abreviados (ante Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, o Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo)
- Procedimientos ordinarios (ante Tribunales Superiores de Justicia o la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional)
- Apelaciones y otros recursos.