Abogados Mobbing Madrid

Especialistas en Mobbing en Madrid – Despacho Astrea

DELITO DE MOBBING – ACOSO LABORAL

  1. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.Con la misma pena serán castigados los que, en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima.

 

Abogados especialistas en Mobbing en Madrid y delitos de acoso laboral.

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El delito de acoso laboral en el Código Penal.

El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define el “mobbing“, como “Voz inglesa con que se designa el hostigamiento al que, de forma sistemática, se ve sometida una persona en el ámbito laboral, y que suele provocar serios trastornos psicológicos. Debe sustituirse por el equivalente español acoso laboral”.

El delito de mobbing o acoso laboral está tipificado en el art. 173 del Código Penal

En consecuencia, los requisitos que se deben cumplir para que la conducta sea constitutiva de delito de mobbing, son los siguientes:

  • Que el autor realice actos hostiles o humillantes hacia una tercera persona en el ámbito de una relación laboral o funcionarial, prevaliéndose de su relación de superioridad.
  • Que estos actos no sean ocasionales, sino que, por el contrario, sean realizados con carácter reiterado.
  • Que supongan un grave acoso contra la víctima.

El acoso laboral incluye desde bromas e indirectas delante del trabajador/a, menosprecios a su trabajo o a su forma de vestir, hasta insultos y amenazas directas, ya sean en privado como delante de otras personas. Precisamente con la finalidad de socavar la autoestima de la víctima.

 

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Si crees que estás siendo víctima de mobbing o acoso laboral, debes ponerte en manos de profesionales lo antes posible. Los clientes vienen al despacho Astrea cuando la situación está muy avanzada y va más allá del ámbito laboral.

Estas situaciones afectan en el ámbito doméstico y familiar de forma muy severa. La tensión ocasiona problemas para conciliar el sueño y tensión con los miembros de la familia creando una situación insostenible. No esperes tanto, piensa en ti y en los que te redoean, dejate ayudar.

El mobbing o su derivado bossing lo tenemos muy trabajado y estudiado en nuestro bufete y para nuestros clientes hemos obtenido importantes indemnizaciones para las víctimas de esta discriminación. Nuestros abogados en Madrid y el equipo de especialistas de Mobbing llevan años ayudando a los trabajadores víctimas de mobbing a gestionar todo tipo de casos.

El acoso laboral incluye desde bromas e indirectas delante del trabajador/a, menosprecios a su trabajo o a su forma de vestir, hasta insultos y amenazas directas, ya sean en privado como delante de otras personas. Precisamente con la finalidad de socavar la autoestima de la víctima.